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La Cuantía

La Cuantía Pensión de jubilación

Calculadora de la pensión de jubilación 2026

Cómo se calcula la pensión de jubilación en 2026: edad ordinaria, base reguladora, porcentaje por años cotizados, demora y límites de la pensión mínima y máxima.

Actualizado el 3 de noviembre de 2026 · fuentes al pie, con su fecha de consulta

Tu pensión de jubilación

Más datos: base media, jubilación a la edad ordinaria, sin cónyuge cambiar

En 2026, la edad ordinaria es 66 años y 10 meses, o 65 años si se han cotizado 38 años y 3 meses o más.

Pensión estimada: 1.460,24 € al mes, en 14 pagas (20.443,36 € al año).

tu pensiónmínima de referencia, con 65 años: 936,20 € por pagael final de la barra es la máxima: 3.359,60 € por paga

Cómo sale la cifra

  1. Base reguladora, regla de 2026 1.714,30 €: las 302 bases más altas de los últimos 304 meses suman 604.000,00 €, entre 352,33.
  2. Base reguladora, regla anterior 1.714,29 €: las bases de los últimos 300 meses suman 600.000,00 €, entre 350. Se aplica la más alta.
  3. Porcentaje 85,18 %: 50 % por los primeros 15 años, 49 × 0,21 %, 131 × 0,19 % (180 meses por encima de los 15 años).
  4. Demora 0 %: jubilación a la edad ordinaria.
  5. Pensión 1.460,24 € al mes: 1.714,30 € × 85,18 %. En 14 pagas, 20.443,36 € al año.

Estimación con las reglas de 2026 para la jubilación ordinaria. Las bases se toman tal como las escribes: la calculadora no tiene los índices del IPC para actualizarlas. Supone que tienes al menos 2 años cotizados dentro de los últimos 15, y que la base media vale para los 304 meses. La demora se cuenta solo por años completos, al 4 % cada uno.

Información general, no asesoramiento jurídico. Datos consultados en el BOE el 3 de noviembre de 2026.

La pensión de jubilación es la base reguladora multiplicada por un porcentaje que depende de los años cotizados: el 50 % con 15 años y el 100 % con 36 años y 6 meses. En 2026 la base reguladora es la suma de las 302 bases de cotización más altas de los últimos 304 meses dividida entre 352,33, y la pensión no puede superar 3.359,60 € al mes (LGSS, arts. 209 y 210, y Real Decreto-ley 3/2026).

Edad de jubilación

Año Edad ordinaria A los 65 años, si se han cotizado
2026 66 años y 10 meses 38 años y 3 meses o más
2027 y siguientes 67 años 38 años y 6 meses o más

Fuente: LGSS, art. 205 y disposición transitoria séptima. Hacen falta al menos 15 años cotizados, de los que 2 deben estar dentro de los últimos 15 años.

Qué calcula la calculadora

Una estimación de la pensión mensual de jubilación ordinaria, en 14 pagas, con las reglas de 2026.

Datos que pide

  1. Tus bases de cotización de los últimos 304 meses, ya actualizadas, o una base media si no las tienes todas.
  2. Los años y meses cotizados en total.
  3. Los años completos que cotizarás después de la edad ordinaria, si los hay, para el complemento por demora.

La fórmula, paso a paso

  1. Base reguladora (regla de 2026): se eligen las 302 bases más altas de los últimos 304 meses, se suman y se divide el total entre 352,33 (disposición transitoria cuadragésima). Las bases de los 24 últimos meses cuentan por su valor nominal; las demás se actualizan con el IPC (art. 209.1).
  2. Base reguladora (regla anterior): para las pensiones causadas antes del 31/12/2040 se aplica, si da más, la regla anterior: las bases de 300 meses divididas entre 350 (disposición transitoria cuarta, apartado 7). La calculadora hace las dos y se queda con la más alta.
  3. Porcentaje: 50 % por los primeros 15 años; después, 0,21 % por cada mes adicional del 1 al 49 y 0,19 % por cada mes del 50 al 258, hasta el 100 % (art. 210.1 y disposición transitoria novena).
  4. Demora: si te jubilas después de la edad ordinaria y a esa edad ya tenías el periodo mínimo de cotización, hay un complemento por demora (art. 210.2). Si no eliges otra forma, es un 4 % adicional por cada año completo cotizado después de esa edad, que se suma al porcentaje anterior y se aplica a la base reguladora; desde el segundo año completo, los periodos de más de seis meses también suman. La ley permite cobrarlo también como cantidad a tanto alzado o combinando las dos formas; la calculadora solo aplica el porcentaje por años completos.
  5. Topes: la pensión no supera la máxima, 3.359,60 € al mes; con demora, la parte del porcentaje adicional que no cabe se cobra aparte como una cantidad anual (art. 210.2.a), que la calculadora no suma. Si queda por debajo de la mínima, puede corresponder un complemento a mínimos según tus ingresos (ver pensión mínima y máxima).

Ejemplo

Hipótesis: todas las bases de los últimos 304 meses son de 2.000 € (sin actualización por IPC, para simplificar), 30 años cotizados y jubilación a la edad ordinaria de 2026.

Queda por encima de la mínima de jubilación a los 65 años sin cónyuge (936,20 € por paga) y por debajo de la máxima.

A partir de 2027

Desde 2027 cambia la escala de porcentajes: 50 % por los primeros 15 años, 0,19 % por cada mes del 1 al 248 y 0,18 % del 249 al 264 (art. 210.1 y disposición transitoria novena). La edad ordinaria pasa a 67 años, o 65 años con 38 años y 6 meses o más cotizados (disposición transitoria séptima).

Límites de la calculadora