La Cuantía Sueldo neto
Calculadora de sueldo neto 2026: de bruto a neto
Cómo se pasa del sueldo bruto anual al neto mensual en 2026: cotizaciones del trabajador, retención de IRPF según el algoritmo de la Agencia Tributaria, 12 o 14 pagas.
Actualizado el 3 de noviembre de 2026 · fuentes al pie, con su fecha de consulta
Tu sueldo neto, mes a mes
En 2026 cobras 19.197,66 € netos: 1.352,69 € cada mes y 1.482,69 € en cada paga extra.
Pulsa un mes para poner en él la otra paga extra: ahora está en junio.
- diciembre2.835,38 €+ paga de Navidad: 1.482,69 €
lo que cobrasretención de IRPF 231,60 € por pagacotización 130,00 € al mes; las pagas extra no cotizan aparte
Información general, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Datos consultados en el BOE y en la Agencia Tributaria el 3 de noviembre de 2026.
El sueldo neto es el bruto menos dos descuentos: las cotizaciones del trabajador a la Seguridad Social, que en 2026 suman el 6,50 % con contrato indefinido y el 6,55 % con contrato temporal (Orden PJC/297/2026), y la retención de IRPF, un porcentaje que depende del sueldo y de la situación personal y que se calcula con el algoritmo de la Agencia Tributaria para 2026.
Qué calcula la calculadora
A partir del sueldo bruto anual, la calculadora da:
- la cotización anual y mensual del trabajador;
- el tipo de retención de IRPF y su importe;
- el neto anual y el neto de cada paga, en 12 o en 14 pagas.
Vale para el territorio común: no para el País Vasco ni Navarra, que tienen IRPF foral.
Datos que pide
- Sueldo bruto anual y número de pagas (12 o 14).
- Tipo de contrato: indefinido o temporal. Si dura menos de un año, la retención mínima es del 2 %.
- Situación familiar (las tres del algoritmo):
- situación 1: persona soltera, viuda, divorciada o separada legalmente con hijos, que tiene derecho a la reducción por familia monoparental del IRPF;
- situación 2: persona casada y no separada legalmente (cónyuge con rentas no superiores a 1.500 € anuales, sin contar las rentas exentas);
- situación 3: otras situaciones, por ejemplo estar casado con alguien que supera ese nivel de rentas, o estar soltero, viudo, divorciado o separado y no tener hijos.
- Hijos y otros descendientes que dan derecho al mínimo por descendientes (menores de 25 años o con discapacidad que viven contigo): cuántos son y cuántos tienen menos de 3 años a 31 de diciembre, porque cuentan más. La calculadora pide los hijos menores de 25 años.
- Edad (65 y 75 años aumentan el mínimo personal).
Paso 1: cotizaciones del trabajador
| Concepto | Contrato indefinido | Contrato temporal |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 4,70 % | 4,70 % |
| MEI (mecanismo de equidad intergeneracional) | 0,15 % | 0,15 % |
| Formación profesional | 0,10 % | 0,10 % |
| Desempleo | 1,55 % | 1,60 % |
| Total (suma) | 6,50 % | 6,55 % |
- Se cotiza sobre la base de cotización: la remuneración mensual con la parte proporcional de las pagas extraordinarias, entre la base mínima de tu grupo y la máxima.
- La base máxima de 2026 es 5.101,20 € al mes. La base mínima de los grupos 4 a 7 es 1.424,40 € al mes; la del grupo 1, 1.989,30 €.
- Por encima de la base máxima se paga la cotización de solidaridad; la parte del trabajador es del 0,19 % hasta 5.611,32 €, del 0,21 % hasta 7.651,80 € y del 0,24 % por encima.
- Las horas extraordinarias cotizan aparte: 2,00 % las de fuerza mayor y 4,70 % las demás.
Paso 2: tipo de retención de IRPF
La calculadora sigue el orden del algoritmo de la Agencia Tributaria para 2026:
- Rendimiento neto = retribuciones − cotizaciones del trabajador.
- Reducción por rendimientos del trabajo: 7.302,00 euros si el rendimiento neto no pasa de 14.852 €; después baja hasta desaparecer a partir de 19.747,50 €.
- Otros gastos: 2.000 € con carácter general.
- Base para el tipo = rendimiento neto − reducción − otros gastos − 600 € si tienes más de dos hijos.
- Cuota = escala aplicada a la base − escala aplicada al mínimo personal y familiar.
- Tipo = cuota ÷ retribuciones × 100, truncado a dos decimales.
Escala de retención 2026
| Base desde | Cuota acumulada | Tipo del tramo |
|---|---|---|
| 0 € | 0,00 € | 19 % |
| 12.450 € | 2.365,50 € | 24 % |
| 20.200 € | 4.225,50 € | 30 % |
| 35.200 € | 8.725,50 € | 37 % |
| 60.000 € | 17.901,50 € | 45 % |
| 300.000 € | 125.901,50 € | 47 % |
Mínimo personal y familiar 2026
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Mínimo personal | 5.550 € |
| Incremento a partir de 65 años | 1.150 € |
| Incremento a partir de 75 años | 1.400 € |
| Primer hijo | 2.400 € |
| Segundo hijo | 2.700 € |
| Tercer hijo | 4.000 € |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 € |
| Incremento por hijo menor de 3 años | 2.800 € |
Cuándo no hay retención
Si el sueldo no supera un límite que depende de la situación familiar y del número de hijos, no se retiene (Reglamento del IRPF, art. 81). La excepción son los contratos de menos de un año, que llevan siempre la retención mínima del 2 %. Para la situación 3 sin hijos, el límite es 15.876 €.
Ese límite no ha cambiado desde el Real Decreto 142/2024 y queda por debajo del SMI anual de 2026, que es de 17.094 €. Con el algoritmo de 2026, una persona que cobra el SMI en la situación 3 y sin hijos sí tiene retención.
Además, si las retribuciones del año no pasan de 35.200 €, la cuota no puede pasar del 43 % de la diferencia entre las retribuciones y ese límite (Reglamento del IRPF, art. 85.3).
Ejemplo
Hipótesis: 24.000 € brutos al año, contrato indefinido, situación 3, sin hijos, menos de 65 años, territorio común.
Cotizaciones: 24.000 € × 6,50 % = 1.560,00 € al año. La base mensual, 2.000,00 €, está entre la mínima y la máxima.
IRPF:
- Rendimiento neto: 24.000 € − 1.560,00 € = 22.440,00 €.
- Reducción: 0, porque el rendimiento neto supera 19.747,50 €.
- Base: 22.440,00 € − 2.000 € = 20.440,00 €.
- Escala sobre la base: 4.225,50 € + (20.440,00 € − 20.200 €) × 30 % = 4.297,50 €.
- Escala sobre el mínimo personal: 5.550 € × 19 % = 1.054,50 €.
- Cuota: 4.297,50 € − 1.054,50 € = 3.243,00 €.
- Tipo: 3.243,00 € ÷ 24.000 € = 13,51 %. Retención anual: 3.242,40 €.
El sueldo supera el límite sin retención de la situación 3 (15.876 €) y no pasa de 35.200 €, así que se comprueba el tope del 43 %: (24.000 € − 15.876 €) × 43 % = 3.493,32 €. La cuota, 3.243,00 €, no llega a ese tope.
| Resultado | 12 pagas | 14 pagas |
|---|---|---|
| Bruto por paga | 2.000,00 € | 1.714,29 € |
| Cotización por paga | 130,00 € | 130,00 € en los 12 meses; nada en las pagas extra (ya cotizan prorrateadas en la base mensual) |
| Retención por paga | 270,20 € | 231,60 € |
| Neto por paga | 1.599,80 € | 1.352,69 € en los meses normales y 1.482,69 € en cada paga extra |
| Neto anual | 19.197,60 € | 19.197,60 € (con diferencias de céntimos por redondeo) |
Límites de la calculadora
- País Vasco y Navarra quedan fuera: su IRPF es foral.
- El resultado es el tipo de retención, no el impuesto final de la declaración.
- No tiene en cuenta: ascendientes a cargo, discapacidad, pensión compensatoria o anualidades por alimentos, movilidad geográfica, residencia en Ceuta, Melilla o La Palma, préstamo de vivienda anterior a 2013, ni la regularización del tipo a lo largo del año.
- Cuenta entero el mínimo por cada hijo. Si otra persona, como el otro progenitor, también tiene derecho a él, se reparte a partes iguales entre quienes tienen derecho (Ley del IRPF, art. 61) y la retención puede ser más alta.
- No incluye horas extraordinarias, dietas ni retribuciones en especie.
- No aplica las bases mínimas de cotización de la Orden PJC/297/2026 (art. 3, y art. 39 a tiempo parcial): cotiza sobre el sueldo que escribes.